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REAL DECRETO-LEY 13/2010: MEDIDAS DE IMPULSO A LA COMPETITIVAD EMPRESARIAL PDF Imprimir E-mail
Escrito por DAVID ESPINOSA   
Martes, 07 de Diciembre de 2010 17:28

En este artículo quisiera comentar algunas de las medidas de impulso a la competividad empresarial recogidas en el Real Decreto-Ley 13/2010, aprobado en el Consejo de Ministros del pasado viernes 3 de diciembre:

 

IMPUESTO DE SOCIEDADES:

 

·         Se eleva el umbral (importe neto de la cifra de negocios en el período impositivo inmediato anterior) que posibilita acogerse al régimen especial de las entidades de reducida dimensión: pasa de 8 a 10 millones de euros. Además, se permite que tales entidades puedan seguir disfrutando del régimen especial que les resulta aplicable durante los 3 ejercicios inmediatos siguientes a aquel en que se alcance el umbral de 10 millones de euros

·         Se aumenta el importe hasta el cual la base imponible de las entidades de reducida dimensión se grava al tipo reducido del 25%: pasa de 120.000 a 300.000 euros (por el exceso, tributan al tipo general del 30%). Este aumento también es aplicable a las microempresas (importe neto de la cifra de negocios inferior a 5 millones de euros y plantilla media inferior a 25 empleados) que, para los períodos impositivos iniciados durante el 2011, verán gravadas su base imponible hasta 300.000 euros, por un tipo de gravamen del 20% (por el exceso, tributan al tipo del 25%)

·         Se establece un régimen fiscal de libertad de amortización para las inversiones nuevas del activo fijo que se afecten a actividades económicas, sin que se condicione este incentivo fiscal al mantenimiento de empleo. Además, se amplía el ámbito temporal de aplicación de este incentivo fiscal en tres años adicionales, extendiéndose hasta el año 2015.

IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURÍDICOS DOCUMENTADOS:

·         Quedan exentas de este  Impuesto (en su modalidad de operaciones societarias) entre otras operaciones, la constitución de sociedades y el aumento de capital (hasta ahora, dichas operaciones estaban sujetas a un tipo del 1% aplicable sobre el capital social constituido o aumentado).

CONSTITUCIÓN DE SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA:

·         Se agiliza la constitución de este tipo de sociedades. De esta forma, todos los trámites necesarios para la constitución de sociedades de responsabilidad limitada podrán  llevarse a cabo, con carácter general, en un plazo de uno o cinco días, exceptuando sólo aquellos casos en que la elevada cuantía del capital o la complejidad de la estructura societaria exijan un examen más detallado.

  

Os dejo, asimismo, una presentación en Powerpoint en la que os muestro algunas de las medidas para agilizar y simplificar la constitución de sociedades mercantiles de capital (hacer clic sobre la imagen).

 

CONSTITUCIÓN SOCIEDADES MERCANTILES DE CAPITAL

 

 

 

 

Última actualización Martes, 07 de Diciembre de 2010 18:13
 

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