TIPO DE GRAVAMEN DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES APLICABLE A LAS ENTIDADES DE REDUCIDA DIMENSIÓN |
Escrito por DAVID ESPINOSA | ||||||||||||
Martes, 28 de Enero de 2014 00:13 | ||||||||||||
En los últimos años, los diferentes gobiernos, en un intento de incentivar la creación de empresas han modificado en varias ocasiones el tipo de gravamen correspondiente al impuesto de sociedades. A continuación os muestro un pequeño resumen de cómo está actualmente dicho tipo para las entidades de reducida dimensión:
* Una empresa es de reducida dimensión cuando en el período impositivo inmediato anterior el importe neto de su cifra de negocios hubiera sido inferior a 10 millones de euros. ** Entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios habida en dicho período sea inferior a 5 millones de euros y la plantilla media en el mismo sea inferior a 25 empleados *** Tipo de gravamen aplicable a las sociedades constituidas a partir de 1 de enero de 2013, en el primer período impositivo en que la base imponible resulte positiva y en el siguiente
Más información: Agencia Estatal de la Administración Tributaria |
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Última actualización Martes, 28 de Enero de 2014 17:06 |
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